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Gremiales

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe dictó un fallo clave para las paritarias de los municipales

Hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Asociación Municipal de Las Colonias. Básicamente, le da la razón a los sindicatos municipales locales a negociar sus propios salarios en sus territorios.
Agrandar imagen Rafael Gutiérrez y Mario Netri, integrantes de la Corte Suprema provincial.
Rafael Gutiérrez y Mario Netri, integrantes de la Corte Suprema provincial.

La pulseada entre la FESTRAM y los sindicatos municipales de Rafaela, Santa Fe y Rosario que se escindieron de la Federación va sumando capítulos. En espacio aparte se informa sobre una reunión de delegados que hubo en la mañana de este jueves en el SEOM, en donde la inquietud principal de los trabajadores pasa por saber cómo continuará la negociación en paritarias. ¿Quién los representa mejor en la negociación por el sueldo de bolsillo y las condiciones de trabajo, la FESTRAM o el SEOM? Esa es la pregunta que se hace sentir en las bases. Y cada una de las organizaciones gremiales quiere aportar sus propios argumentos.

En ese marco, los gremios separados de FESTRAM y nucleados en la flamante Alianza Intersindical, se anotaron un poroto importante: hace algunos días, la Corte Suprema de Justicia de la provincia hizo lugar a un recurso de inconstitucionalidad presentado por la Asociación del Personal Municipal (APM) del Departamento Las Colonias contra la provincia de Santa Fe. Básicamente, el fallo de la Corte provincial tiene un importancia clave porque, en esa puja de representatividad que existe entre la FESTRAM y los gremios que se escindieron de su tutela, el Tribunal Supremo de la provincia reconoce la libertad sindical y la facultad de cada sindicato de trabajadores municipales de llevar adelante su propio programa de acción, poniendo punto final a la Ley 9996 por la vía de declarar su inconstitucionalidad, en la misma linea que ya había establecido la Corte Suprema de Justicia a nivel nacional.

Lo que dice la sentencia

El fallo del tribunal provincial se basa en el voto del ministro Mario Netri, al que adhirieron luego los doctores Roberto Falistocco, Eduardo Spuler y Rafael Gutiérrez, este último presidente de la CSJ provincial. En uno de los tramos principales del dictamen, Netri recordó que ya la Corte había advertido en otra oportunidad que “la exclusividad que la ley provincial establece en favor de una entidad de segundo grado para representar a los trabajadores municipales de la Provincia de Santa Fe en la unidad de negociación -cuyas decisiones se aplican a todos los municipios de la provincia- se encuentran en tensión con dos cláusulas constitucionales".

Apuntó que "por un lado, afecta la unidad normativa reglada por el art. 75 inc. 12 de la Constitución Nacional al oponerse a la prioridad que el art. 35 de la ley nacional 23551 otorga al sindicato de primer grado; por otro, y esto es relevante en términos de la organización federal del país, menoscaba el principio de autonomía municipal establecido por los arts. 5° y 123 de la Carta Magna”.

A lo que agregó que “la conformación de una comisión paritaria para toda la provincia, integrada por 8 representantes de intendentes y comunas e idéntico número de representantes de los trabajadores designados por la federación (FESTRAM) de actuación provincial (art. 132 bis de la ley provincial 9286, agregado por la ley 9996/86), conspira contra la posibilidad de que los distintos municipios negocien colectivamente, en su carácter de empleadores, con sus trabajadores, sustrayéndole atribuciones mínimas de gestión y administración de sus asuntos locales”.

También recordó que "si bien el sistema de negociación colectiva vigente en el país permite la concurrencia de convenios colectivos, el mismo dispone ciertas prerrogativas a tener en cuenta, a los fines de prevenir o resolver posibles situaciones conflictivas al momento de coexistir asociaciones sindicales con capacidad de negociación colectiva en un mismo ámbito -territorial y subjetivo- de actuación (leyes 23551, 14250 y 25250)".

Punto a favor

Con el fallo en la mano, el SEOM destacó que la resolución "es fundamental porque inaugura una nueva etapa en la negociación colectiva a nivel provincial. Recientemente fue el mismo Ministerio de Trabajo quien convocó a la Alianza Intersindical conformada por los sindicatos municipales de Rosario, Rafaela y Santa Fe a discutir paritarias en el organismo oficial, legitimando el rol principal de las organizaciones de base en la representación de sus afiliados", expresó.

Para la entidad que conduce Darío Cocco, en el ámbito de la Mesa Territorial, donde se negocian los salarios de los municipales rafaelinos, se han alcanzado "importantes logros por encima de la legislación, destacándose una escala salarial superior a la base provincial y la movilidad en las Asignaciones Familiares, una conquista del año pasado que representa un apoyo significativo para las familias municipales".

 

 

 

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