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Judiciales

EXCLUSIVO: tiene fecha la entrada en vigencia del sistema acusatorio en la Justicia Federal y así funcionará en Rafaela

Así se lo confirmaron a Rafaela Noticias. ¿En qué consiste y qué cambios traerá aparejados?
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Imagen Archivo Crédito: RN
Redacción Rafaela Noticias

Por Redacción Rafaela Noticias

A partir del 6 de mayo de 2024 entrará en vigencia el sistema acusatorio en la Justicia Federal en la provincia de Santa Fe, según informaron fuentes que participaron de la reunión preparatoria que se realizó en la jornada de este miércoles.

Acerca de sobre cómo funciona el sistema, es muy similar al sistema acusatorio que rige en la justicia provincial penal de Santa Fe desde el 10 de febrero de 2014 -fecha en que se puso en funcionamiento- con la creación de las fiscalías del Ministerio Público de la Acusación (MPA).

Oralidad del sistema

Actualmente, solo los juicios son orales, mientras que el resto del proceso se lleva a cabo a través de expedientes en forma escrita. Con la implementación a partir de mayo, todas las decisiones serán a través de una audiencia, con todas las partes presentes.

Según comentaron exclusivamente a este medio, Rafaela funcionará como una unidad fiscal descentralizada. Es decir, las fiscalías federales de la provincia (3) van a funcionar como una unidad fiscal única que reúna las tres.

Como característica, cada una de ellas tendrán distintas unidades:

  • unidad de atención inicial,
  • unidad de delitos complejos,
  • unidad de casos sencillos y flagrancia,
  • unidad de víctimas y
  • unidad de ejecución penal.
.

El sistema acusatorio, cuya implementación fue dispuesta por la Ley 27.150 sancionada en 2015, pone la carga de la investigación en la cabeza del Ministerio Público Fiscal y da a los fiscales herramientas eficientes para llevar a cabo investigaciones complejas contra la criminalidad organizada. La implementación del Código Procesal Penal Federal en la Justicia Federal y Nacional Penal depende del cronograma progresivo del Ministerio de Justicia.

El foco de esta medida está puesto en mejorar la eficiencia y eficacia de la Justicia para acelerar los procesos y lograr condenas en delitos graves y de crimen organizado como corrupción, narcotráfico, trata de personas, tráfico ilegal, lavado de dinero o grandes evasiones tributarias, entre otros.

Principios que rigen el sistema acusatorio

  • Oralidad: El expediente en papel desaparece y los planteos que realizan las partes son resueltos por el juez en audiencia.
  • Contradicción: Es el método de conocimiento para el descubrimiento de la verdad, mediante el que las partes, desde posiciones equivalentes, plantean su visión del caso al juez o tribunal, que decidirá con imparcialidad y sólo con la información que le proporcionen las partes. El juez no puede suplir la actividad de las partes, y debe considerar sólo lo que hayan discutido.
  • Concentración: Debe desarrollarse la mayor actividad procesal posible en las audiencias. Su interrupción sólo puede suceder por razones debidamente justificadas.
  • Inmediación: La prueba debe ser producida por las partes en presencia de los jueces, quienes luego, en función del conocimiento adquirido y los planteos que reciban deberán adoptar decisiones.
  • Publicidad: Las audiencias podrán ser presenciadas por la ciudadanía, salvo que se acredite algunas de las excepciones contempladas legalmente.
  • Simplicidad y Celeridad: Las etapas del proceso tendrán plazos breves y se desarrollarán de manera ágil y dinámica, sin demoras innecesarias, procurando únicamente obtener la información útil para la solución del caso.
  • Desformalización: Las investigaciones se llevarán a cabo de manera eficiente, sin ritos excesivos que atenten contra la eficacia de las medidas adoptadas.

Fiscalia Federal de Rafaela sistema acusatorio JUSTICIA FEDERAL

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