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Judiciales

Fuerte condena a un sexagenario rafaelino por aberrantes delitos sexuales

Cometió abusos sexuales muy graves contra niñas de corta edad que formaban parte de su entorno familiar. El acusado aceptó sus responsabilidades y fue condenado en un juicio de procedimientos abreviados, con conformidad de las víctimas.
Agrandar imagen El tribunal durante la audiencia en que se condenó al abusador.
El tribunal durante la audiencia en que se condenó al abusador.

En el marco de un juicio de procedimientos abreviados que se llevó a cabo en la jornada del viernes en Rafaela, un hombre de 64 años, identificado como René N., fue condenado a la pena de 15 años de prisión de cumplimiento efectivo, al ser hallado autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante aprovechándose de la convivencia preexistente.

Como se sabe, en los juicios de procedimientos abreviados se cumplen con todas las instancias procesales de un juicio común, sólo que antes de llegar a la instancia oral y pública, en donde se debaten las evidencias y testimonios para contraponer los argumentos de acusación y defensa, las partes acuerdan darle fin al proceso anticipadamente. Ese acuerdo se alcanza generalmente -como fue en este caso- cuando el imputado acepta su responsabilidad en los hechos, a cambio de evitar las circunstancias propias del juicio y asegurarse una condena que no resulte en los extremos que marca la ley para el caso analizado.

El acuerdo es sometido al tribunal actuante, que es el que decide homologarlo. En este caso, ese tribunal fue pluripersonal y lo integraron la Dra. Cristina Fortunato -que presidió el mismo- y los doctores Nicolás Stegmayer y Cecilia Álamo. Como abogada defensora en representación del imputado actuó la Dra. Georgina Alassia y fue fiscal la Dra. Favia Burella, mientras que el Dr. Carlos Farías Demaldé representó a la familia querellante.

A lo largo del proceso, el imputado fue acusado de seis hechos diferentes, ocurridos cuando sus víctimas eran niñas de alrededor de 6 o 7 años de edad, y aún menores, pero que pudieron ser narrados por las mismas víctimas cuando ya eran adolescentes. Los testimonios de las víctimas fueron recogidos en cámara Gesell, y además la Fiscalía consideró probada la materialidad de los hechos a partir de la concordancia en los testimonios y fundamentalmente en el relato del “modus operandi” que tenía el hombre para cometer los abusos, cuando estaba al cuidado de las menores.

Se contemplaron otros aspectos legales, como la prescripción de algunos de los delitos cometidos, y también circunstancias atenuantes, como la falta de antecedentes penales del imputado, que finalmente aceptó los hechos ocurridos y la condena impuesta.

 

Abuso Sexual condenado Tribunales

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