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Locales

En Rafaela, los envases de los productos que se venden "sueltos" deben estar rotulados

Así lo establece una ordenanza del 2018 para evitar accidentes domésticos. El tema surge luego de que una nena ingiriera silicona para motos que estaba en una botella de gaseosa. ¿Se cumple la norma?

Este sábado RAFAELA NOTICIAS publicaba sobre una nena de 2 años que terminó en terapia intensiva luego de consumir accidentalmente en su domicilio de barrio Virgen del Rosario, silicona para motos. Con el correr de las horas se conoció que dicho líquido estaba en una botella de gaseosa, por lo que seguramente se encontraba al alcance de la menor pensando la familia que era agua.

Pero sin referirnos a este caso puntual del cual no se conocen mayores detalles, lo sucedido es una buena oportunidad para recordar que en Rafaela existe una ordenanza municipal del año 2018 que obliga a los comercios a rotular los elementos químicos que se venden sueltos justamente con el fin de prevenir accidentes domésticos. Se trata de la norma 4.940 que en su artículo primero establece "la obligatoriedad para todos los comercios expendedores de productos de limpieza fraccionados en envases descartables retiren la etiqueta comercial del recipiente que será utilizado a los fines del fraccionamiento y, en su lugar, coloquen un rótulo que indique claramente el producto allí contenido y su composición, con transcripción del texto del rótulo del producto original que se fracciona, conforme las exigencias previstas en la normativa nacional y provincial vigente en la materia, a fin de evitar toda confusión con otros productos de diferentes características". Agregando en el artículo siguiente que "la rotulación que deberá colocarse en cada envase contendrá la denominación del producto contenido y advertencias sobre las consecuencias de su ingesta, contacto y/o manipulación. Además, contendrá la leyenda: 'manténgase lejos del alcance de los niños'". La ordenanza municipal establece diferentes grados de sanciones para quienes incumplan esta norma, que van desde multas, pasando por clausuras preventivas de 5 a 10 días, clausuras por tiempo determinado de 30 a 60 días y clausuras definitivas. En cuanto a las multas, las mismas van del valor de 300 litros de nafta súper YPF hasta 1.000 litros, según la gravedad de la infracción.

¿Se cumple la norma en la ciudad?

RAFAELA NOTICIAS consultó a Fernando Pairone, quien fue el impulsor de dicha ordenanza en su momento dado que venía trabajando desde hace años en la prevención de accidentes en industrias, para conocer su mirada al respecto. "La propuesta de la ordenanza se la hice yo al concejal Leonardo Viotti. Él le dio forma con su equipo y me propuso presentarla como algo del bloque para que no tenga trabas en aprobarse. La verdad que mi interés al impulsarla siempre fue regular la venta de estos productos para evitar accidentes domésticos", expresó el entrevistado. Señalando que varias veces vio que no se estaba implementando, dado que en distintos comercios seguían "entregando en cualquier envase de gaseosa productos con colores similares al contenido original. Por ejemplo, lavandina en botellas de Sprite o creolina en botellas de coca. La respuesta que en su momento obtuve fue que la implementación de la norma dependía del ejecutivo". Pairone, también recordó que el planteo inicial de la ordenanza, y que no fue agregado al texto sancionado, incluía "la rotulación e información expuesta en los locales sobre toxicología y centros de atención". El entrevistado destacó la disposición del concejal Viotti para escucharlo y llevar adelante la norma, pero ante la consulta de este medio respecto a lo que está sucediendo con la normativa en la actualidad fue contundente: "No, no se cumple y quienes la impulsaron se anotaron una ordenanza más, pero tampoco se encargan de hacerla cumplir".

 

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